Iniciativas de Reforma en materia de Pensiones y Vivienda
Por Deloitte
Se plantea establecer a través de modificaciones al artículo 123 Constitucional que las personas trabajadoras con 65 años que empezaron a cotizar a partir del 1° de julio de 1997 en la Ley del Seguro Social, así como las personas trabajadoras que estén bajo el régimen de cuentas individuales que cotizan en el Instituto de Seguridad de Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado tendrán derecho a que su pensión de retiro.
