Perú. SBS impulsa mayor competencia en el Sistema Privado de Pensiones con norma que permitirá el ingreso de nuevas entidades
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha determinado el marco normativo para el ingreso de nuevos competidores al Sistema Privado de Pensiones (SPP), bajo estándares de solvencia, adecuada gestión de riesgos y con un enfoque en servicio, en un paso clave que beneficiará a los afiliados, beneficiarios y futuros pensionistas.
La resolución SBS N° 04225-2025, publicada este jueves en el Diario Oficial El Peruano, establece, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley N° 32123 y su reglamento, las condiciones para que Entidades del Sistema Financiero (ESF) operen como Empresas Administradoras de Fondos (EAF), priorizando, para su evaluación, un proceso dúctil que se enfoque, sobre todo, en la calificación de fortaleza financiera, un estudio de factibilidad económico-financiero, así como de riesgos financieros y no financieros.
“Tal como lo anunciamos, hemos trabajado en un reglamento que tiene como meta contar con un procedimiento muy flexible, ágil y rápido para que nuevos actores, ya sea del sector financiero o de seguros, administren los fondos de pensiones”, afirmó el superintendente de la SBS, Sergio Espinosa.
La norma fija un plazo máximo de 40 días hábiles para que la SBS se pronuncie sobre las solicitudes que presenten las ESF, incorporando un procedimiento TUPA para tal fin.
“Apuntamos a un marco regulatorio que haga más atractivo el ingreso de nuevos competidores, junto con la centralización de procesos”, agregó Espinosa.
Asimismo, la norma dispone que las AFP actuales presenten un plan de implementación para la centralización de procesos operativos del SPP, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 32123 así como lo normado por la Ley N° 29903. “Diario El Comercio. Todos los derechos reservados.”
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