Beneficios Económicos Periódicos (BEPS): promoviendo el ahorro en un entorno de informalidad

Por Juan Miguel Villa Lora & Any Andrea Benítez Duarte

La Seguridad Social en Colombia ha evolucionado en un frente constitucional y legislativo dentro de un contrato social en el que ninguna prestación económica puede ser inferior al salario mínimo.3
De hecho, entre todas las constituciones de América Latina y el Caribe, la colombiana es una de las pocas que señala el monto mínimo de una pensión. En la práctica ello excluye a más de la mitad de la población en dos escenarios: el primero, para quienes trabajan, al determinar que sus contribuciones deben calcularse con base en un ingreso igual o superior al salario mínimo,4 y segundo, a quienes alcanzan la edad de retiro, al exigir que lo aportado, en tiempo o monto, les permita obtener una prestación pensional de al menos un salario mínimo. De esta manera, los resultados en el tiempo de la cobertura pensional no arrojaron los niveles esperados en un ideal de universalidad o acorde con los niveles de ingresos en Colombia. En efecto, la cobertura pensional totalmente contributiva es de tan sólo el 25% de la población en edad de retiro, es decir, que la vasta mayoría de colombianos no logra tener garantías de un ingreso vitalicio como producto de su trabajo. Las brechas de acceso a una pensión continúan siendo altas y el panorama no es optimista en prospectiva. Los modelos que combinan las dinámicas demográficas con las previsionales indican que la cobertura está destinada a caer, en la medida que es mayor la cantidad de personas que llegan a la edad de retiro frente a las que alcanzan una pensión (Bosch et al, 2015).5

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