Colombia. Gustavo Petro dio cuatro nuevas órdenes para proteger el sistema de pensiones tras no poder trasladar los ahorros a Colpensiones

El fallo en contra del Consejo de Estado abrió una fase de incertidumbre regulatoria y obligó al Ejecutivo a activar medidas, mientras millones de afiliados esperan definiciones sobre la futura seguridad social.

Ante la decisión del Consejo de Estado de suspender el Decreto 415 de 2026, que buscaba el traslado de $25 billones desde los fondos privados de pensión a Colpensiones para cumplir con obligaciones, el Gobierno de Gustavo Petro emitió la Directiva Presidencial No 04 para coordinar la respuesta estatal y asegurar la continuidad del Sistema General de Pensiones.

En la normativa, el Gobierno sostiene que respeta de manera absoluta la independencia y autonomía de la Rama Judicial y reconoce el carácter obligatorio de las decisiones judiciales.

Dispuso, entonces, que los ministerios de Hacienda y Trabajo, la Superintendencia Financiera de Colombia, Colpensiones, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y la Secretaría Jurídica de la Presidencia actúen de manera conjunta. El propósito es proteger los derechos de afiliados y pensionados y mantener la operatividad del sistema, luego de que el traslado de ahorros pensionales quedara en suspenso por decisión judicial. La instrucción busca preservar derechos y la estabilidad para millones de ciudadanos que dependen de la seguridad social.

El trasfondo del conflicto es la reforma pensional aprobada mediante la Ley 2381 de 2024, cuyo artículo 76 abrió una ventana excepcional para que trabajadores próximos a pensionarse pudieran trasladarse desde las administradoras de fondos de pensiones (AFP) hacia Colpensiones. La medida implicaba el movimiento de grandes recursos financieros y la posibilidad para que cada trabajador decidiera si le convenía más el régimen público de prima media, que garantiza una pensión vitalicia, o el sistema privado de ahorro individual.

La Ley 2381 de 2024 establece que las AFP sigan gestionando los recursos hasta la consolidación del derecho pensional. En ese instante, los fondos deben transferir los ahorros a Colpensiones para garantizar la prestación de la pensión vitalicia. La novedad de la norma reside en regular este traspaso y dar certidumbre a quienes estaban próximos a pensionarse, entregando la coordinación y vigilancia al Estado.

 

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