Fondos para el retiro: ¿Cuáles son las tendencias en Latinoamérica según las últimas reformas?
El envejecimiento de la población, los cambios que trajo la crisis sanitaria de la pandemia, el deterioro en las condiciones económicas generales y las transformaciones en las relaciones de trabajo por la irrupción de la tecnología están empujando un cambio en los modelos de seguridad y previsión social en el mundo, algo de lo que no se escapa la región latina.
Las reformas en esta materia en Latinoamérica, como lo demuestran Colombia, Chile, México y Perú, países que recientemente han abonado debates, apuntan hacia esquemas mixtos que combinan el reparto con la capitalización individual, incrementan la responsabilidad de los empleadores en las cotizaciones, amplían la competencia con la entrada de nuevos actores en la gestión de fondos, diversifican las inversiones hacia sectores estratégicos, como minería y energía, y promueven de manera creciente los criterios de sostenibilidad y ESG, buscando garantizar mayor estabilidad financiera y social ante el envejecimiento de la población y la presión fiscal sobre los Estados.
Estas transformaciones, que responden al agotamiento del centenario mecanismo de reparto en el financiamiento de las pensiones y jubilaciones, estrenado en 1889 en Alemania, no solo competen a los sistemas de pensiones en sí, sino que ha obligado a adecuar el papel desempeñado por las administradoras de los fondos, cuyo rol sigue teniendo peso en el manejo de los recursos generados por el ahorro de los trabajadores, así como en la inversión de dichos recursos.
En América Latina los sistemas de retiro han pasado de regímenes basados en los beneficios definidos (reparto) a otros de contribución definida sustentados en la capitalización individual.
Una mayor conciencia por parte de los trabajadores sobre su responsabilidad en garantizarse una vejez estable ha sido, según los analistas, el mayor impulso para este cambio, además del papel que ha jugado la tecnología en el surgimiento de nuevas formas de empleo, que complican grandemente la aplicación de los programas de seguridad social convencionales.
De allí que muchos países de la región hayan comenzado a migrar hacia sistemas que combinan los beneficios definidos (reparto) y la capitalización individual, estimulando los programas de ahorro como la mejor manera de garantizar al trabajador un fondo de retiro, una estrategia que se hace más apremiante en América Latina tomando en cuenta las crecientes dificultades de los Estados para atender las necesidades de la población.
Al respecto, datos de la Comisión Económica para América Latina (Cepal) señalan que el gasto público en pensiones aumentó de 4,8 % a 5,5 % del producto interno bruto (PIB) entre 2000 y 2017, considerando ocho países de la región (Argentina, Chile, Colombia, Costa Rica, El Salvador, México, Perú y Uruguay). Otro cálculo basado en 17 países prevé un crecimiento de 4,2 % a 5,7 % del PIB entre 2017 y 2030.
Casos por país
En un intento por brindar las mejores oportunidades a la creciente población en edad de retiro, son cada vez más los países de la región que, mediante reformas legales, están emprendiendo distintos mecanismos de ajustes en sus regímenes de prevención social, incidiendo en el desempeño de las administradoras de fondos de pensiones.
Las experiencias de Chile, México y Perú nos ayudan a vislumbrar el panorama general y las tendencias que en esta materia se están dando en la región.
Reforma integral en Chile
Tras varios años de espera, el sistema de seguridad social chileno tuvo este 2025 el más importante cambio desde el lanzamiento en 1981 del ahorro personal, que sirvió de modelo no solo en América Latina sino en el mundo entero, y que a partir de ahora será un régimen mixto que combina la capitalización individual con componentes solidarios financiados con recursos de los propios trabajadores.
“El principal cambio normativo ha producido el incremento gradual de la cotización de pensiones de cargo del empleador, con el propósito de contribuir a mejorar el financiamiento del sistema de pensiones que aplica a la mayoría de trabajadores en Chile”, dice Raúl Fernández, socio del área laboral en la oficina de Cuatrecasas en Santiago.
Recuerda el especialista que, desde agosto pasado, el empleador debe enterar como cotización de pensiones el 1 % de la remuneración imponible del trabajador dependiente, que se irá incrementando gradualmente cada año hasta llegar al 8,5 % de la remuneración imponible.
“Todo el incremento en la cotización de pensiones es asumido por el empleador”, agrega.
La reforma también redefine el papel que históricamente han desempeñado las administradoras de fondos de pensión (AFP). Encargadas desde 1981 de gestionar los recursos de los trabajadores, las AFP se han convertido en importantes inversores en Chile, pero no han estado exentas de las críticas de sus detractores, quienes asegura que atienden sus intereses corporativos en desmedro del beneficio al rentista.
En lo sucesivo, el papel de los fondos será limitado y compartido con otros actores, entre ellos las administradoras generales de fondos (AGF) no asociadas a entidades bancarias, así como filiales asociadas a las cajas de compensación de asignación familiar (CCAF), lo que promete un aumento de la competencia que, de acuerdo con los especialistas, beneficiará al sistema.
Crecer y diversificar en México
Los últimos gobiernos de México han buscado mejorar los alcances del sistema de retiro, ejecutando varios giros a la normativa que involucran tanto la renta como el papel de las administradoras de fondos para el retiro (Afores).
Uno de estos cambios comenzó a operar en julio de 2024 con el Fondo de Pensiones para el Bienestar, que busca otorgar complementos económicos a los trabajadores para equiparar las pensiones al 100 % del último salario devengado, siempre que este sea menor a 16.777 pesos (unos USD 900). Esto ha transformado el sistema pensional en un régimen mixto que combina la capitalización individual con aportes otorgados por el Estado.
En cuanto al papel de las Afores, Gizeh Polo, socio de la sede de Cuatrecasas en Ciudad de México, recuerda que el mayor cambio se refiere a la actualización del régimen de inversión de estas entidades, lo cual implicó ciertas modificaciones a la Circular Única Financiera (CUF) del 16 de febrero de 2024, en conjunto con ciertas reformas a la Ley del Mercado de Valores (LMV) el 28 de diciembre de 2023.
En el primer aspecto, se incluyó un incremento en los máximos de inversión a instrumentos alternativos (Certificados de Capital de Desarrollo y Certificado de Proyectos de Inversión) y Fideicomisos de Inversión en Bienes Raíces, el establecimiento de un Marco de Divulgación de Información Sostenible que fomente la inversión en activos que cumplan criterios ambientales, sociales y de gobernanza (ESG, por sus siglas en inglés) y una mayor exposición de riesgo para los perfiles de los trabajadores más jóvenes.
En cuanto a la LMV, se introdujo la figura de Emisora Simplificada, así como obligaciones para todas las emisoras de apegarse a estándares ESG más robustos.
Polo también señala el efecto que sigue teniendo la reforma en materia de pensiones efectuada en diciembre de 2020, que implementó el aumento progresivo de las obligaciones patronales y estatales y establece que, a partir de 2023 y hasta el 2030, habrá un incremento anual a las aportaciones a los fondos de retiro hasta llegar al 11,875 % del salario del trabajador.
“Estas subidas salariales, iniciadas el 1 de enero de 2019, han aumentado el salario mínimo de 102,68 a 278,80 pesos en 2025. Esto tiene relevancia en el contexto de que las aportaciones del Estado, del patrón y de los trabajadores son proporcionales al salario de este último”, agrega.
Esquema multipilar de Perú
Desde 2020 el régimen previsional peruano ha sufrido varias transformaciones tanto en la estructura misma del sistema como en materia de inversión de las administradoras de fondos. Entre los primeros, Diego Carrión, socio de la sede en Lima de Cuatrecasas, recuerda que en 2024 se promulgó la Ley No. 32123 o de Modernización del Sistema Previsional Peruano, cuya entrada en vigencia (salvo disposiciones específicas) sigue supeditada a la emisión de un reglamento que está en revisión.
“La Ley tiene como objetivo principal la creación de un sistema previsional integral basado en un esquema multipilar”, dice el especialista.
Es así como la Ley permite la participación de nuevos actores en el mercado para fomentar mayor competencia; crea una comisión de productividad, manteniendo un componente variable vinculado a la rentabilidad que logren obtener las administradoras de fondos de pensión (AFP); así como establece la afiliación obligatoria para todos los peruanos mayores de 18 años, incluso los trabajadores independientes.
También restringe el retiro total o parcial de los fondos acumulados en las cuentas individuales de aportes obligatorios, salvo en casos excepcionales, como el pago de la cuota inicial de un primer inmueble, amortización de un crédito hipotecario o en caso de enfermedad terminal.
En cuanto a las modificaciones al régimen de inversión de las AFP, Carrión señala que la Resolución SBS No. 3514 de octubre de 2024 aprobó disposiciones orientadas a preservar el valor de los fondos de protección de capital, estableciendo restricciones adicionales para su administración, entre ellas que los instrumentos de corto plazo (títulos de deuda) cuenten con una clasificación de riesgo mínima determinada.
En este mismo orden, en marzo de 2025, la Resolución SBS No. 00907-2025 reconoce como instrumentos elegibles para las AFP aquellos títulos accionarios colocados mediante oferta privada, siempre que exista la intención de inscribirse en una bolsa de valores. Como resultado, se creó el artículo 18-C del Título VI del Compendio de Normas Reglamentarias del Sistema Privado de Fondos de Pensiones.
“El pasado mes de agosto se publicó la Ley No. 32428, mediante la cual se modificaron los límites de inversión de las AFP en el exterior, permitiendo que hasta un máximo del 80 % del valor del fondo pueda ser invertido en el extranjero, buscándose así diversificar portafolios y potencial rentabilidad de los fondos administrados por la AFP”, apunta Carrión.
El protagonismo de los sectores financieros, productivos y sostenibles
Aunque en contextos muy particulares, los recientes cambios de normativas en la región, además de apuntar hacia la constitución de sistemas que combinen el reparto y la capitalización individual, buscan que las administradoras de fondos maximicen el rendimiento obtenido al invertir los recursos de los trabajadores.
Al respecto, Gizeh Polo recuerda que el mercado de valores mexicano se presenta como terreno fértil de inversión para las Afores, más aún tomando en cuenta que las reformas implementadas en 2024 permiten prever un aumento en el volumen de los recursos manejados por estas entidades en el mediano plazo.
Su colega en Chile coincide con ello, señalando que las industrias minera y energética siguen siendo las áreas de negocios más atractivas para invertir, tal como lo demuestran los proyectos en curso y los que se prevén comenzará próximamente, por lo cual se convierten en buenas opciones para las AFP.
Ambos voceros concuerdan en que otra tendencia mundial que replica en la región concierne a la predilección de los fondos a invertir el dinero de los trabajadores en proyectos sostenibles y en activos que cumplan con estándares ESG.
“La sostenibilidad es crucial especialmente en las industrias extractivas. Las grandes compañías que operan en Chile están utilizando agua de mar vía construcción de plantas desaladoras, para no afectar a las comunidades de los alrededores de los proyectos mineros… Por otra parte, se está privilegiando el uso de energías renovables”, concluye Raúl Fernández.
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