Chile. Reforma de Pensiones: SP emite norma que regula la creación de una AFP
La Superintendencia de Pensiones (SP) emitió una nueva normativa para implementar la Ley N° 21.735, con el objetivo de fortalecer el marco regulatorio para la creación de nuevas AFP y elevar los estándares de gestión de los Fondos de Pensiones.
La Norma de Carácter General (NCG) N° 354 regula la constitución, autorización y puesta en marcha de nuevas AFP. Podrán crearlas las administradoras generales de fondos no bancarias, cooperativas de ahorro y crédito, cajas de compensación y otras personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, siempre que cumplan los requisitos legales y cuenten con la autorización de sus respectivos reguladores. La ley establece además que un mismo grupo empresarial no podrá ser propietario de más de una AFP, con el fin de promover la competencia y evitar la concentración del mercado.
La normativa también eleva el capital mínimo exigido para constituir una AFP a 50.000 UF, reemplazando el esquema anterior que comenzaba en 5.000 UF y aumentaba gradualmente según el número de afiliados. Este nuevo requisito comenzará a regir en abril de 2027.
En materia de inversiones, la ley y la NCG exigen mayores estándares de experiencia para directores y ejecutivos. El gerente de inversiones deberá acreditar al menos siete años de experiencia en administración de activos, mientras que los principales profesionales y responsables de riesgos deberán contar con un mínimo de cinco años en entidades que administren al menos US$ 1.000 millones. La mayoría del directorio también deberá cumplir este requisito. Estas exigencias entrarán en vigor en abril de 2027 y aplicarán tanto a nuevas como a actuales AFP.
La NCG N° 354 regula además los antecedentes exigidos a los accionistas fundadores, considerando el tipo de institución que constituya la AFP. Asimismo, perfecciona los requisitos del estudio de factibilidad, la definición de patrimonio y activos autorizados, y el esquema organizacional y perfiles de los cargos clave.
Como nueva exigencia, los accionistas deberán presentar una carta Gantt detallada del proceso de implementación, especificando las funciones que serán realizadas directamente y aquellas que se subcontratarán, salvo las relacionadas con la gestión de inversiones, que no pueden externalizarse.
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