Corte regresaría la reforma pensional de Petro al Congreso por segunda vez, esto se sabe
La reforma pensional impulsada durante el gobierno de Gustavo Petro volvería a quedar en manos del Congreso. La ponencia de la magistrada Paola Andrea Meneses, presidenta de la Corte Constitucional, propondría devolver por segunda vez la Ley 2381 de 2024 a la Cámara de Representantes para que corrija los vicios de procedimiento que, según el alto tribunal, todavía impedirían su entrada en vigencia.
La Sala Plena tiene previsto retomar este jueves 13 de agosto el estudio de la norma, que permanece suspendida desde junio de 2025. En la discusión estarán nuevamente sobre la mesa las condiciones en las que la Cámara intentó subsanar el error que había detectado la Corte en el trámite legislativo.
Sin embargo, la discusión se podría apalzar ya que Hay dos magistrados impedidos para votar la constitucionalidad de la norma, quienes son Jorge Enrique Ibáñez y Héctor Carvajal.
Cabe recordar que la reforma contempla que los trabajadores coticen hasta 2,3 salarios mínimos en Colpensiones y que el excedente vaya a los fondos privados de su elección. A su vez, el cambio alcanzaría el futuro del ahorro pensional de unos 25 millones de colombianos.
¿Por qué la Corte podría devolver otra vez la reforma pensional?
El origen del problema está en el trámite que tuvo la reforma en la Cámara de Representantes durante su cuarto y último debate, en junio de 2024. La Corte Constitucional concluyó que se presentó un vicio de procedimiento relacionado con la falta de una deliberación suficiente.
Es decir, en el Auto 841 del 17 de junio de 2025, el alto tribunal consideró que la falla era subsanable y ordenó devolver la ley a la Cámara para que se corrigiera. Al mismo tiempo, suspendió la entrada en vigencia de la reforma hasta que la sala plena adoptara una decisión definitiva.
El fondo del asunto radica en que para la Corte no bastaba con que la Cámara votara nuevamente la iniciativa. Era necesario que los representantes tuvieran una oportunidad real de debatir su contenido.
El propio Auto 841 estableció que aprobar una proposición para adoptar automáticamente el texto que ya había sido avalado por el Senado no podía reemplazar el debate legislativo que exige la Constitución. La Corte sostuvo que la deliberación realizada en otra célula legislativa no podía trasladarse de manera automática a la Cámara.
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