México. Cambios en la Modalidad 40 del IMSS: El valor de la UMA y su repercusión en las pensiones

Los cambios implementados a la Modalidad 40 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que han entrado en vigor desde este jueves 22 de octubre, siguen generando dudas entre los derechohabientes y trabajadores del organismo en torno a la pensión que pueden obtener cuando llegue su edad de retiro.

El valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) es una de las variables incluidas en los cambios publicados en el decreto constitucional y determinará el valor del monto que los trabajadores percibirán al momento de su jubilación.

El valor de la Unidad de Medida y Actualización y su función en trámites en México

En 2016, el Estado mexicano decidió crear la UMA para sustituir el valor del salario mínimo como base de cálculo para el pago de obligaciones, multas, créditos y derechos. Mientras que el salario mínimo puede tener incrementos mayores a la inflación generalizada, los trámites, servicios y derechos que otorga el Gobierno son menores. El valor de la UMA se determina en función de la inflación anualizada de productos y servicios, y entra en vigor el primer día de febrero de cada año.

¿Cuánto vale la UMA en 2026?

En enero de 2026, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), el órgano encargado de establecer el valor de este referente económico, publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) que la UMA tendría un valor diario de 117,31 pesos, es decir, 3.566,22 a mensualmente y de 42.794,64 en un año. En cuanto a 2025, la UMA registró un avance de 3,65%, un nivel menor al 13% registrado por el salario mínimo nacional, lo que abarató el costo de multas y trámites, pero disminuyó el pago de derechos en algunos trámites, como las pensiones.

La relación entre el valor de la UMA y los cambios a la Modalidad 40 del IMSS

El tope para poder ingresar a la Continuación Voluntaria del Régimen Obligatorio del Seguro Social hasta hoy es de máximo 25 UMA (87.982,50 pesos al mes). “Ese es el salario máximo que te reconoce el seguro social para efectos de previsión social”, precisa Moisés Pérez Peñaloza, fundador de la firma especializada en retiro Yo Jubilado. “Podías ganar un millón de pesos al mes, pero para el Seguro Social, el salario tope en este esquema de prestaciones [la Modalidad 40] es de hasta 25 UMA”, detalla. El cambio que entró en vigor este jueves, consiste en que quienes quieran acceder a este beneficio, lo podrán hacer únicamente con su último salario base de cotización registrado ante el instituto, más una UMA. Es decir, anteriormente se podría hacer con un salario base
de 25 UMA y desde octubre, el salario será únicamente el registrado ante el IMSS. Hasta hace unos días, un trabajador cuyo último salario registrado fuera de 10.000 pesos mensuales, podía incrementar sus aportaciones de manera personal con una base de 25 UMA, pero ahora sólo podrá ser de 10.000 pesos más 3.566,22 pesos (una UMA mensual), con lo que el salario para calcular su pensión sería de 13.566 pesos y no de casi 90.000. “Antes la ley lo permitía, pero estos cambios afectan sobre todo a las personas que tenían un salario más alto, pero también libera las finanzas del Instituto por pensiones que habían sido muy altas”, dice Pérez Peñaloza

¿Qué cambió con las nuevas disposiciones?

También conocidas como “pensiones de oro”, la Modalidad 40 permitía a los empleados crecer el monto de su jubilación haciendo estas aportaciones voluntarias. “Podía irse al tope pagando el equivalente de lo que anteriormente pagaba el patrón al Seguro Social, eso generaba pensiones muy caras para el instituto”, cuenta Pérez Peñaloza. Hay tres puntos principales para entender esta reforma a las nuevas jubilaciones:

1. Quienes deseen entrar a este esquema y son trabajadores contratados antes de 1997, lo podrán hacer únicamente con su último salario base de cotización registrado ante el instituto, más el valor de una Unidad de Medida y Actualización (UMA), calculado para 2026 en 117,31 pesos diarios
2. La inscripción solo generará derechos a partir de la fecha de la solicitud, eliminándose la posibilidad de realizar pagos retroactivos desde el 22 de octubre de 2026
3. Las personas dadas de alta como trabajadores independientes o freelance (Modalidad 10) no podrán contratar simultáneamente la Modalidad 40

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