México. Avala SCJN reforma que reduce aguinaldos a pensionados de Zacatecas

 La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó este lunes la reforma del 10 de agosto de 2024 que redujo el aguinaldo de 60 a 30 días a los pensionados del estado en Zacatecas, impulsada por el gobernador David Monreal Ávila y que despertó protestas y movilizaciones de los trabajadores. No obstante, el tribunal precisó que la medida no será retroactiva y sólo aplicará a quienes comenzaron a pensionarse tras su entrada en vigor.

Con mayoría de siete votos, el Pleno validó, pero con cambios, el proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf que declaró constitucional el artículo 74 de Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas (ISSSTEZAC) sobre la reducción de aguinaldos, medida que fue impugnada en septiembre del 2024 por la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República, entonces a cargo de la hoy ministra María Estela Ríos González.

El Pleno declaró infundados los argumentos del Ejecutivo federal, al señalar que parte de “una premisa falsa” que considera que el aguinaldo integra la pensión y constituye un derecho adquirido.

“El aguinaldo no es una prestación que se hubiere cotizado directamente por las personas trabajadoras durante su vida laboral activa, en tanto que se trata de un concepto cuya única finalidad es otorgar al final de cada año un apoyo económico a las personas trabajadoras, el cual es adicional a su salario”, argumentó la ponente.

Sin embargo, la mayoría del Pleno rechazó la propuesta original de la ministra Loretta Ortiz de validar los artículos 128 y 128 Bis de la ley, que condicionaban el pago de pensiones a la solvencia del ISSSTEZAC, por lo que se modificó el proyecto para declararlos inconstitucionales.

La invalidez de esos artículos era una de las principales demandas del Movimiento de Bases en Defensa del Issstezac, que agrupa a más de 26 mil trabajadores derechohabientes. Al respecto, la ministra Ríos González afirmó que los trabajadores no deben pagar las consecuencias del quebranto financiero de la institución.

“si hubo un quebranto financiero, porque al parecer hubo un desfalco por ciertas personas, eso no debe impactar necesariamente en perjuicio de los trabajadores porque ellos no causaron ese quebranto, el quebranto se dio por otras causas y, en ese sentido, yo estoy en contra”, expresó.

La ministra Lenia Batres Guadarrama votó en contra de validar el artículo 74 y a favor de invalidar el 128 y 128 BIS, al explicar que no se puede aceptar la reducción de sus prestaciones sin información clara sobre la situación financiera del ISSSTEZAC ni evidencia de que el gobierno estatal haya hecho esfuerzos reales para obtener recursos.

 

 

 

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