Argentina. Qué pasará con las jubilaciones tras la caída de la Ley Ómnibus

El gobierno de Javier Milei sufrió un duro revés político con la Ley Ómnibus en la Cámara de Diputados, que volverá a tratarse en comisión ante la falta de consenso con los bloques “dialoguistas”.

La caída de la Ley Ómnibus, que incluía importantes cambios en la forma en que se definen los aumentos de jubilaciones y pensiones, pone en suspenso la implementación de una nueva fórmula.

El plan de la Casa Rosada era ajustar los ingresos de los jubilados de acuerdo al índice de inflación de abril. Sin embargo, con la vuelta de la Ley Ómnibus al plenario de comisiones, hay incertidumbre sobre el rumbo que tomará la reforma previsional y cómo se medirán los próximos aumentos para los jubilados y pensionados.

Caída de la Ley Ómnibus: qué va a pasar con las jubilaciones

Sin ningún cambio de por medio, continúa vigente la fórmula de movilidad jubilatoria, lo que significa que el próximo aumento será en el mes de marzo 2024.

La Ley de Movilidad Jubilatoria vigente establece actualizaciones trimestrales en los haberes de jubilados y pensionados, basadas en un cálculo que considera el 50% de la recaudación de la ANSES y otro 50% vinculado a la variación salarial.

La última suba se había concretado en diciembre, con un incremento del 20,87%, respecto de los haberes percibidos en noviembre. Ahora, según alertó la abogada Tamara Bezares en diálogo con Crónica, el cálculo del CEPA daría un aumento del 33,5% para marzo.

Si se toma este porcentaje y se aplica a los valores actuales, la jubilación mínima alcanzaría los $ 141.000 y la Pensión No Contributiva (PNC) llegaría a $ 98.000, sin incluir ningún tipo de bono.

Para el mes de abril, se cumpliría el acuerdo entre el gobierno y los sectores políticos de que las prestaciones aumentan según el índice de inflación.

Jubilaciones: ¿cuál era la propuesta de La Libertad Avanza?

Tal como estaba redactado, el proyecto de ley determinaba que se suspenda la aplicación de la fórmula actual de movilidad, y se faculte “al Poder ejecutivo nacional a establecer una fórmula automática de ajuste de las prestaciones mencionadas en los incisos a), b), c), d), e) y f) del artículo 17 de la Ley N° 24.241, teniendo en cuenta los criterios de equidad y sustentabilidad económica”.

“Hasta tanto se establezca una fórmula automática, el Poder ejecutivo nacional podrá realizar aumentos periódicos atendiendo prioritariamente a los beneficiarios de más bajos ingresos”, culmina el artículo 106 del proyecto del Ejecutivo, que ahora volverá a debatirse en comisión.

 

 

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