Perú. Comisión aprueba que afiliados sin remuneración no tengan que pagar comisiones a las AFP

La Comisión de Trabajo del Congreso aprobó por unanimidad el proyecto de ley que dispone que un afiliado a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) no pague la comisión que le cobran por la administración de su fondo de pensiones, al no contar con una remuneración.
El dictamen aprobado reúne cuatro proyectos de ley presentados en el mismo sentido, y fue sustentado por el presidente de la Comisión de Trabajo, Daniel Oseda (Frepap), como uno de los autores de la iniciativa.

La iniciativa modifica el artículo 24° del D. S. 054-97-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondo de Pensiones.

Al respecto, Oseda sostuvo que muchos afiliados han sufrido la pérdida de hasta 14,000 soles en sus fondos AFP entre enero y marzo del presente año, según la información de la Superintendencia de Banca y Seguros.

Agregó que, con esta dinámica, muchas personas que no aportan por años ven disminuyendo sus aportes pensionables, y el fondo aportado no le alcanzará para una pensión digna, ya que para tener una pensión equivalente al sueldo mínimo deben tener un fondo de más de 180,000 soles.

Negociaciones colectivas

La Comisión de Trabajo también aprobó, por unanimidad, el proyecto de ley que incorpora un último párrafo al artículo 46° y 46° A, en el Decreto Supremo 010-2003-TR, que aprueba el texto único ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, a fin de que estas negociaciones por rama de actividad o gremio fijen las remuneraciones mínimas del sector al que pertenecen.

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